El GSR II debe entenderse como el marco actualizado de los requisitos generales de seguridad de los vehículos. Mediante una serie de medidas, la Unión Europea ha definido cómo deben abordar los fabricantes los procesos de homologación de tipo, incluidas autorizaciones como la homologación de ciberseguridad.
AVISO IMPORTANTE: De acuerdo con el Diario Oficial de Türkiye n.º 32799, de 31 de enero de 2025, la aplicación de los requisitos del GSR II a las transformaciones en serie, transformaciones individuales y operaciones de montaje sujetas al AİTM para los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3 se ha aplazado hasta el 1 de octubre de 2025. Los fabricantes deben aprovechar este periodo para alcanzar el pleno cumplimiento de los requisitos del GSR II. Póngase en contacto con nosotros para obtener más información y asistencia en materia de conformidad con el GSR II.
La transición al GSR II en el sector de los carroceros ha puesto de manifiesto un reto considerable. Consulte nuestro análisis detallado de las dificultades a las que se enfrentan las empresas carroceras.
¿Qué es el GSR II, la segunda fase del Reglamento General de Seguridad?
Para que un vehículo pueda obtener la homologación de tipo, debe cumplir la normativa establecida por la Unión Europea. Esta normativa se actualiza periódicamente.
El GSR II constituye una revisión de gran alcance que obliga a incorporar de serie un nuevo conjunto de sistemas de seguridad, con el objetivo de elevar de forma uniforme el nivel de seguridad de los vehículos.
La Unión Europea introdujo esta revisión por primera vez mediante el Reglamento (UE) 2019/2144 de 27 de noviembre de 2019. El Reglamento derogó diversos actos legislativos anteriores e introdujo en su lugar nuevos requisitos de seguridad para los vehículos.
El conjunto resultante de cambios normativos y sus posteriores modificaciones se conoce habitualmente como GSR II. Es una parte esencial de los procesos de homologación en la industria de la automoción.
¿Qué normas cambiaron con el GSR II?
El GSR II ha transformado de forma sustancial los procesos de homologación de tipo de vehículos. Como parte de este cambio, los Reglamentos (CE) n.º 78/2009, (CE) n.º 79/2009, (CE) n.º 661/2009, (CE) n.º 631/2009, (UE) n.º 406/2010, (UE) n.º 672/2010, (UE) n.º 1003/2010, (UE) n.º 1005/2010, (UE) n.º 1008/2010, (UE) n.º 1009/2010, (UE) n.º 19/2011, (UE) n.º 109/2011, (UE) n.º 458/2011, (UE) n.º 65/2012, (UE) n.º 130/2012, (UE) n.º 347/2012, (UE) n.º 351/2012, (UE) n.º 1230/2012 y (UE) 2015/166 quedaron derogados.
En su lugar se introdujeron nuevos requisitos obligatorios sujetos a periodos de transición definidos.
Türkiye adoptó cambios equivalentes mediante la incorporación nacional del Reglamento (UE) 2019/2144.
¿Cómo afectará a los fabricantes la transición del 7 de julio?
Desde el 7 de julio de 2024, los vehículos que carezcan de las homologaciones exigidas por el GSR II no pueden, por regla general, matricularse. Por ejemplo, un vehículo no conforme que no hubiera sido matriculado antes de esa fecha no podrá completar normalmente el trámite. Los fabricantes pueden solicitar una autorización de fin de serie, limitada al 10 % de los vehículos M1 y al 30 % de los vehículos de las demás categorías matriculados durante el año natural anterior. En el caso de fabricantes que no superaron las 100 matriculaciones el año anterior, la autorización puede abarcar hasta 100 vehículos.
¿Cómo afectará el GSR II al sector de la automoción?
Los fabricantes y las empresas importadoras de vehículos se verán directamente afectados. En primer lugar, los vehículos importados deberán cumplir los requisitos del GSR II que les correspondan. En función de la categoría del vehículo, los sistemas de seguridad que se indican a continuación deberán ofrecerse como equipamiento de serie.
Los distribuidores y fabricantes deben completar la venta y matriculación de los vehículos que no cumplen el GSR antes de la fecha de transición aplicable. En el momento al que se refiere este artículo, no se había anunciado ningún aplazamiento de la transición al GSR II para los turismos de la categoría M1. Por tanto, estos vehículos debían matricularse antes del 7 de julio de 2024. Si se aprueba un aplazamiento, la matriculación deberá completarse antes de la nueva fecha límite.
Los vehículos fabricados en Türkiye para su comercialización en la Unión Europea deben respetar las fechas de transición establecidas por la normativa de la UE.
Para los vehículos no matriculados antes de la fecha aplicable, los fabricantes o importadores pueden comunicar la información requerida al Ministerio y solicitar una autorización de fin de serie para continuar el proceso. No obstante, dado que se aplican límites cuantitativos, este mecanismo puede no ofrecer una solución completa en todos los casos.
¿Cómo influye la transición al GSR II en el precio de los vehículos?
El mercado puede diferenciar entre vehículos conformes y no conformes con el GSR II. Los concesionarios pueden ofrecer campañas o incentivos para los vehículos no conformes que deban venderse antes de la fecha límite.
Por otro lado, los vehículos conformes con el GSR II incorporan equipamiento adicional, por lo que el sector puede anticipar cierta presión al alza sobre los precios. Conviene consultar las campañas de cada marca para conocer las condiciones vigentes.
Autorización de fin de serie
Este procedimiento permite a los fabricantes solicitar, después del 7 de julio, la matriculación de una proporción limitada de las existencias que no cumplen los nuevos requisitos del GSR II. En el momento de la transición, muchas marcas todavía tenían vehículos no conformes en stock y se estaban tramitando autorizaciones tanto para turismos como para vehículos comerciales. El volumen permitido se limitaba al 10 % de las matriculaciones M1 de la marca en 2023 y al 30 % para las demás categorías.
¿Cómo funciona el procedimiento?
Las marcas presentan al Ministerio de Industria y Tecnología listas de vehículos dentro de las cuotas aplicables. El Ministerio remite las listas a TSE para su revisión y autorización. Una vez realizada la evaluación, TSE puede conceder la aprobación correspondiente. De acuerdo con la normativa, la autoridad de homologación dispone de hasta tres meses para completar el procedimiento. En esta fase también se abonan las tasas que la marca debe pagar por cada vehículo. Una vez concedida la autorización, los vehículos pueden tramitar su matriculación a través del sistema notarial.
¿Quién puede solicitar una autorización de fin de serie?
Solo el fabricante del vehículo o el distribuidor autorizado pueden presentar la solicitud. Los concesionarios y propietarios deben comunicar a la marca correspondiente los vehículos que aún no hayan sido matriculados.
Fechas de transición del GSR II
El marco del GSR II estableció cuatro clases de fechas de transición. A continuación se explica cada una de ellas.
| Clases de fechas de transición | Fecha de aplicación para nuevos tipos de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes | Fecha de aplicación para vehículos, componentes o unidades técnicas independientes de nueva fabricación con homologación de tipo vigente |
| A | 6/7/2022 | 6/7/2022 |
| B (UE) | 6/7/2022 | 7/7/2024 |
| B (Türkiye) | 6/7/2022 | 7/7/2024 |
| B (aplazamiento) | 7/7/2024 | 31/8/2024 (M1, N1, O1, O2) 1/1/2025 (M2, M3, N2, N3, O3, O4) |
| C | 7/7/2024 | 7/7/2026 |
| D | 7/1/2026 | 7/1/2029 |
Los requisitos normativos obligatorios figuran en el anexo II del Reglamento (UE) 2019/2144. La lista clasifica las fechas de aplicación y los requisitos obligatorios en las categorías A, B, C y D. De acuerdo con esta clasificación:
Para las homologaciones de tipo turcas y de la UE, Clase A: Fecha de aplicación para vehículos, componentes o unidades técnicas independientes de nueva fabricación con homologación de tipo vigente: 6/7/2022.
Clase B para las homologaciones de tipo de la UE: Fecha de aplicación para nuevos tipos de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes, conforme a la modificación publicada en el Diario Oficial de Türkiye n.º 32529, de 27 de abril de 2024: 6/7/2022.
Fecha de aplicación para vehículos, componentes o unidades técnicas independientes de nueva fabricación con homologación de tipo vigente: 7/7/2024.
Clase B para las homologaciones de tipo turcas: Fecha de aplicación para nuevos tipos de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes: 6 de julio de 2022.
El Diario Oficial publicado el 26 de junio introdujo un aplazamiento para los vehículos de las categorías M1 y N1. Las fechas revisadas son las siguientes:
Fecha de aplicación para vehículos, componentes y unidades técnicas independientes de nueva fabricación de las categorías M1, N1, O1 y O2 con homologación de tipo vigente: 31 de agosto de 2024.
Fecha de aplicación para vehículos, componentes y unidades técnicas independientes de nueva fabricación de las categorías M2, M3, N2, N3, O3 y O4 con homologación de tipo vigente: 1/1/2025.
Clase C para las homologaciones de tipo turcas y de la UE: Fecha de aplicación para nuevos tipos de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes: 7 de julio de 2024.
Fecha de aplicación para vehículos, componentes o unidades técnicas independientes de nueva fabricación con homologación de tipo vigente: 7 de julio de 2026.
Clase D para las homologaciones de tipo turcas y de la UE: fecha de aplicación para nuevos tipos de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes: 7 de enero de 2026.
Fecha de aplicación para vehículos, componentes o unidades técnicas independientes de nueva fabricación con homologación de tipo vigente: 7 de enero de 2029.
¿Qué sistemas pasan a ser obligatorios en el sector de la automoción el 7 de julio de 2024?
Las principales fechas se han señalado anteriormente. Ahora bien, ¿qué implica el importante cambio que entró en vigor en el sector de la automoción el 7 de julio de 2024? El siguiente apartado ofrece una visión general.
El Reglamento (UE) 2019/2144 introdujo sistemas avanzados de seguridad para los vehículos. Como consecuencia, muchos elementos que antes eran opcionales deben instalarse ahora de serie.
Desde el 7 de julio de 2024, los fabricantes deben asegurarse de que las homologaciones de sus vehículos incluyen los siguientes requisitos:
| Normativa | Denominación de la normativa | Categorías de vehículos aplicables |
| Reglamento n.º 137 de la ONU | Colisión frontal con especial atención al sistema de retención | M1-N1 |
| Reglamento n.º 135 de la ONU | Impacto lateral contra poste | M1-N1 |
| Reglamento n.º 34 de la ONU | Integridad del sistema de combustible en caso de colisión trasera | M1-N1 |
| Reglamento n.º 159 de la ONU | Sistema de información para la detección de peatones y ciclistas al iniciar la marcha (MOIS) | M2-M3-N2-N3 |
| Reglamento n.º 151 de la ONU | Sistema de información de ángulos muertos | M2-M3-N2-N3 |
| Reglamento n.º 158 de la ONU | Detección durante la marcha atrás | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento Delegado (UE) 2021/646 | Sistema de emergencia de mantenimiento del carril | M1-N1 |
| Reglamento n.º 152 de la ONU | Sistema avanzado de frenado de emergencia para vehículos ligeros | M1-N1 |
| Reglamento n.º 141 de la ONU | Sistema de control de la presión de los neumáticos | M1-M2-M3-N1-N2-N3-O3-O4 |
| Reglamento Delegado (UE) 2021/1958 | Asistente inteligente de velocidad (ISA) | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento n.º 48 de la ONU | Señal de parada de emergencia | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento Delegado (UE) 2021/1243 | Facilitación de la instalación de alcoholímetros antiarranque | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento Delegado (UE) 2021/1341 | Sistema de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento n.º 157 de la ONU | Sistema de supervisión de la disponibilidad del conductor | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento Delegado (UE) 2022/545 o Reglamento n.º 160 de la ONU | Asistente inteligente de velocidad o sistemas de información del vehículo | M1-N1 |
| Reglamento n.º 157 de la ONU | Sistemas que sustituyen el control del conductor | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento n.º 157 de la ONU | Sistemas que proporcionan al vehículo información sobre su estado y su entorno | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Normativa no especificada | Circulación en convoy (platooning) | M2-M3-N2-N3 |
| Normativa no especificada | Suministro de información de seguridad a otros usuarios de la vía | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
| Reglamento n.º 155 de la ONU | Protección frente a ciberataques (CSMS) | M1-M2-M3-N1-N2-N3 |
Algunos de estos requisitos incluyen exenciones o limitaciones según la categoría del vehículo. Determinadas normas, por ejemplo, solo se aplican a los vehículos automatizados. Póngase en contacto con nosotros para obtener una evaluación específica de su proyecto.
Además, para obtener la homologación de tipo, un vehículo debe cumplir muchas otras disposiciones. Consulte nuestros servicios de ingeniería y consultoría para proyectos de homologación de tipo de vehículos.
Transición nacional al GSR II: 1 de octubre de 2025
La transición al GSR II conforme a la legislación nacional turca comienza el 1 de octubre de 2025. Salvo que se publique una nueva modificación, los requisitos entrarán en vigor después de dos aplazamientos anteriores. Consulte nuestro artículo para conocer los detalles de la transición nacional.
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Resumen
El GSR II es un amplio paquete normativo que establece nuevos sistemas de seguridad para los vehículos y el calendario de aplicación en las distintas categorías. Este artículo analiza los principales sistemas, las fechas de transición y sus implicaciones para los fabricantes. El artículo también aborda ¿Qué es el GSR II, la segunda fase del Reglamento General de Seguridad?, ¿Qué normas cambiaron con el GSR II? y ¿Cómo afectará a los fabricantes la transición del 7 de julio?.
